Relotificación de Cuentas en data.finanzas.cdmx.gob.mx Ciudad de México

La Relotificación de Cuentas en data.finanzas.cdmx.gob.mx Ciudad de México permite verificar los números de cuentas prediales de la Licencia de Relotificación que fue autorizada por la Delegación Política que corresponde.

#1: Relotificación de Cuentas en data.finanzas.cdmx.gob.mx

El trámite para determinar y registrar por primera vez los números de cuentas prediales resultantes de la Licencia de Relotificación autorizada por la Delegación Política correspondiente (consiste en la modificación total o parcial de la lotificación originalmente autorizada para un una manzana, sin que se modifique la estructura vial del mismo), la cual debe estar protocolizada ante Notario Público e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y Comercio, o que se encuentre en trámite (acreditar con Carta del Notario Público). Preferentemente debe presentar Constancia de Alineamiento y Número Oficial, la cual deberá de ser emitida por la Delegación Política correspondiente en razón del domicilio, vigente a la fecha de expedición (dos años).

Para ingresar el trámite deberá haber liquidado al bimestre en que se presente, el adeudo del impuesto predial de las cuentas prediales a relotificar, presentando Constancia de Adeudo en ceros.

#2: Requisitos para la Relotificación de Cuentas en data.finanzas.cdmx.gob.mx

Los requisitos para la Relotificación de Cuentas en Data.finanzas.cdmx.gob.mx son los siguientes que te vamos a mostrar a continuación.

  • Escrito dirigido al SUBTESORERO DE CATASTRO Y PADRÓN TERRITORIAL indicando: nombre completo del interesado señalando el domicilio del predio sobre el cual se realizará el trámite requerido, la cuenta predial, domicilio de notificación, número telefónico, correo electrónico, en original y dos copias (una se entrega al solicitante y la otra se queda en el archivo).
  • 2. Licencia de Relotificación protocolizada ante Notario Público e inscrita en el Registro Público de la Propiedad y Comercio de la Ciudad de México, o en su caso, Carta Notarial vigente indicando se encuentra en trámite de inscripción.
  • 3. Constancia de Adeudo en cero (al bimestre en que se presente).
  • 4. Constancia de Alineamiento y Número Oficial la cual deberá de ser emitida por la Delegación Política correspondiente en razón del domicilio, vigente a la fecha de expedición (dos años).
  • 5. Boleta Predial o Propuesta de Declaración de Valor Catastral y Pago del Impuesto Predial (preferente la última).
  • 6. Identificación Oficial Vigente (credencial de elector, pasaporte) o cédula profesional, o FM2/FM3 en caso de ser extranjeros).
  • 7. Croquis de Localización con orientació al norte, anotando los nombres de las calles circundantes y marcando distancia en metros a la esquina más próxima o ubicar el predio en el Sistema Integral de Gestión y Actualización de Predial, en el Área de Atención Ciudadana.
  • 8. Cuando el promovente no sepa o no pueda firmar, imprimirá su huella digital frente al personal del Área de atención Ciudadana.
  • 9. Cuando en un procedimiento existan varios interesados, las actuaciones se entenderán con el representante común y en su defecto, con el que figure en primer término.
  • 10. En caso de Sucesiones: agregar el nombramiento, aceptación y discernimiento del Cargo de Albacea, judicial o extrajudicial.
  • 11. En caso de promover a nombre de otra persona deberá acreditarlo con:
    a. Carta Poder simple con firmas autógrafas anexando copia de identificación oficial del otrogante, aceptante y de dos testigos, o
    b. Poder Notarial.
    Personas morales, deberán presentar: Registro Federal de Contribuyentes(RFC), Acta Constitutiva, inscrita en el Registro Público de la Propiedad y de Comercio. Poder Notarial del Representante.

No hay ningún coste referente al trámite de Relotificación de Cuentas en data.finanzas.cdmx.gob.mx es gratuito.

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