Proceso de Reclutamiento Selección e Ingreso de Personal Operativo de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México

El proceso de reclutamiento, selección e ingreso de personal operativo de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México es una tarea crucial para garantizar que esta importante institución cuente con los mejores elementos para velar por la seguridad de la ciudadanía. Desde la difusión de convocatorias hasta la realización de exámenes rigurosos, cada paso del proceso es llevado a cabo con la máxima transparencia y profesionalismo, con el objetivo de reclutar a los mejores candidatos y asegurar una adecuada selección y ingreso de personal capacitado y comprometido con su labor.

Conoce el Proceso de Reclutamiento Selección e Ingreso de Personal Operativo de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México que permitirá reclutar y seleccionar recursos humanos operativos, idóneos y suficientes, para satisfacer de manera oportuna, eficaz y eficiente, la demanda de los servicios en materia de seguridad.

Documentos Necesarios

Los documentos necesarios para el Proceso de Reclutamiento Selección e Ingreso de Personal Operativo de la Policía Auxiliar de la Ciudad de México son los siguientes.

  • 1-Documentos de identificación oficial
  • 2- Ser ciudadano mexicano en pleno ejercicio de sus derechos políticos y civiles.
  • 3- Tener entre 18 y 38 años de edad.
  • 4- Estatura mínima en hombres 1.58 metros y 1.53 en mujeres.
  • 5- Certificado de estudios (mínimo secundaria). Original
  • 6- Gozar de buena salud física y mental, que le permita participar en actividades que demanden esfuerzo físico y mental: podrán participar los interesados que tengan un peso conforme a la Norma Oficial Mexicana (NOM) 174-SSA-1-1998, de observancia general y obligatoria en los Estados Unidos Mexicanos.
  • 7- No tener tatuajes, dibujos o grabados sobre la piel o debajo de ella (escarificaciones), en zonas que no puedan ser cubiertas por los uniformes oficiales de la Corporación. En el caso de las mujeres podrán tener delineado permanente en ceja, ojos y boca. No tener perforaciones corporales con objetos en el cuerpo, con excepción de aretes en la oreja, en el caso de mujeres, y no más de dos perforaciones en cada lóbulo de la oreja.
  • 8- Ser de notoria buena conducta, no haber sido condenado por sentencia irrevocable por delito doloso, no estar sujeto a proceso penal y no encontrarse en ninguno de los supuestos siguientes:
  • a) Haber sido sujeto a proceso en el que se haya dictado una resolución firme de responsabilidad en su contra por el Consejo Tutelar para Menores Infractores del Distrito Federal, hoy Juzgados de Justicia para Adolescentes del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México, o su equivalente en cualquier Entidad Federativa, derivado de la comisión de algún acto que tratándose de mayores de edad sea considerado como delito doloso grave o culposo agravado.
  • b) Contar con antecedentes de dos o más ingresos al Consejo Tutelar para Menores Infractores, hoy Comunidades para Adolescentes, dependientes de la Dirección Ejecutiva de Tratamiento a Menores, o su equivalente en cualquier Entidad Federativa, aun cuando, derivado de los procesos haya sido exonerado de los cargos.
  • 9- Estar cumpliendo el Servicio Militar Nacional o acreditar, mediante la exhibición de la cartilla liberada, haber cumplido el servicio militar en el Ejército activo o en disponibilidad, conforme a lo dispuesto en el artículo 5º de la Ley del Servicio Militar.
  • 10- No hacer uso de sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras que produzcan efectos similares, no padecer alcoholismo y someterse a exámenes para comprobar la ausencia de los mismos en el organismo.
  • 11- No haber estado bajo tratamiento de desintoxicación por uso de sustancias psicotrópicas, estupefacientes u otras que produzcan efectos similares, o consumo de alcohol.
  • 12- Constancia expedida por la Contraloría General de la Ciudad de México, con la que acredite no estar suspendido o inhabilitado, así como no haber sido destituido por resolución firme como servidor público. Original
  • 13- Tratándose de elementos provenientes de otras Corporaciones de Seguridad Pública o Militares, acreditar, mediante documentación oficial pertinente, haber aprobado los cursos equivalentes de formación tomados en alguna institución policial del país, en cuyo caso deberán acreditar los exámenes de control de confianza, o en alguna de las instituciones de las fuerzas armadas nacionales, conforme a la legislación aplicable. (Deberá hacer una solicitud expresa y por escrito de esta circunstancia acompañada de la documentación referida, para efecto de que sea puesto a consideración el caso en concreto con el Órgano Colegiado que corresponda)
  • 14- En el caso de elementos que cuenten con formación de Oficiales en instituciones nacionales o del extranjero, o que cuenten con estudios de Licenciatura, Maestría o Doctorado en alguna disciplina o área susceptible de ser requerida por la Secretaría, y que manifiesten su interés por incorporarse a la Carrera Policial, podrán acceder a ella en una jerarquía que será determinada por la Comisión Técnica de Selección y Promoción en función de los requerimientos y objetivos estratégicos de la Secretaría. (Deberá hacer una solicitud expresa y por escrito de esta circunstancia acompañada de la documentación referida, para efecto de que sea puesto a consideración el caso en concreto con el Órgano Colegiado que corresponda)
  • 15- Cartilla de Servicio Militar Nacional Liberada (Varones). Original

La documentación e información que proporcionen los aspirantes, será remitida y verificada ante las autoridades competentes, cualquier falsedad detectada en ellos será notificada a las instituciones correspondientes para que se proceda conforme a derecho.

Enlace | Proceso de Reclutamiento Selección e Ingreso de Personal Operativo de la Policía Auxiliar


Publicaciones Similares

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada. Los campos obligatorios están marcados con *