Opinión favorable del Ejecutivo Estatal, en términos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos para obras de ingeniería civil.

Según lo establecido en la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos, es necesario contar con una opinión favorable del Ejecutivo Estatal para realizar cualquier obra de ingeniería civil en México. Esta autorización garantiza que se cumplen con todas las normas y medidas de seguridad pertinentes, evitando cualquier riesgo para la población. Por ello, es fundamental contar con este documento para llevar a cabo cualquier proyecto en el país.

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#1: Descripción del Trámite

Consiste en emitir la opinión favorable por parte del C. Gobernador del Estado de México, para el funcionamiento de las instalaciones para la compra, almacenamiento y consumo de explosivos y artificios para su uso industrial (obras de ingeniería civil, explotación minera y de canteras), como requisito para que la Secretaría de la Defensa Nacional otorgue el permiso correspondiente.

#2: Requisitos para el Trámite

Los requisitos para el trámite de opinión favorable del Ejecutivo Estatal, en Términos de la Ley Federal de Armas de Fuego y Explosivos son los siguientes.

  • Solicitud dirigida al C. Gobernador del Estado de México, que deberá contar con firma autógrafa del peticionario
  • Documento de conformidad respecto de la seguridad y ubicación de las instalaciones, expedido por el C. Presidente Municipal correspondiente
  • Planos de localización y ubicación del lugar de consumo a escala 1:4000
  •  Identificación oficial con fotografía del interesado
  • Fotografías de las instalaciones
  • Recibo de pago vigente

Los pasos a seguir para realizar el trámite son los siguientes elaborar la solicitud dirigida al C. Gobernador del Estado de México después deberá presentar documentación solicitada en los requisitos, anexando comprobante y formato universal de pago y luego entregar la opinión favorable.

Enlace | Opinión favorable del Ejecutivo Estatal


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