Inscripción en el Padrón de Exportadores Sectorial

Acércate al Servicio de Administración Tributaria (SAT) y solicita tu inscripción al padrón de exportadores sectorial, para exportar mercancías conforme a los requisitos de ley.

  • Estar inscrito y activo en el Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
  • Contar con e.firma vigente
  • La constancia de cumplimiento de obligaciones fiscales previstas en el artículo 32-D del Código Fiscal de la Federación (CFF), deberá estar en sentido positivo
  • Tener el domicilio fiscal como localizado en el RFC o en proceso de verificación por parte de la ACIA
  • No encontrarse al momento de ingresar la solicitud en el listado de empresas publicadas por el SAT en términos de los artículos 69 y 69-B, tercer párrafo, del CFF, con excepción de lo dispuesto en la fracción VI, del referido artículo 69
  • El estatus del buzón tributario deberá encontrarse como “Validado”
  • Para el caso de personas físicas, deben realizar actividades empresariales en términos del Título II, Capítulo VIII y Título IV, Capítulo II, Secciones I y II de la Ley del Impuesto Sobre la Renta (ISR)

Puede realizar en cualquiera de las 67 Administraciones Desconcentradas de Servicios al Contribuyente.

Enlace | Inscripción en el Padrón de Exportadores Sectorial


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