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Permiso de Importación Temporal de Vehículo en México

El Permiso de Importación Temporal en México, es para que los residentes permanentes en el extranjero puedan importar un vehículo.

#1: Quienes Pueden Realizar el Trámite en México

Los extranjeros o mexicanos residentes permanentes en el extranjero, así como aquellos que acrediten laborar en el extranjero por un año o más.

#2: Los Requisitos para el Permiso de Importación Temporal en México

Los requisitos varían para el Permiso de Importación Temporal en México según el tipo de ciudadano que quiera realizarlo.

  1. Mexicanos residentes en el extranjero: Los que acrediten laborar en el extranjero por un año o más, deberán presentar para tales efectos, el documento emitido por la autoridad migratoria del país extranjero que los acredite como residentes permanentes o temporales en el extranjero, o la autorización expresa de la autoridad competente de ese país que les otorgue la calidad de prestadores de servicios conforme a los acuerdos internacionales de los que México sea parte
  2. En caso de Extranjeros: Tratándose de extranjeros con condición de estancia de visitantes, residente temporal y residente temporal estudiante, podrán importar temporalmente un solo vehículo, debiendo presentar para tales efectos su pasaporte vigente o tarjeta pasaporte (passport card) y el documento oficial que emita la autoridad migratoria
    El interesado deberá acreditar la propiedad o posesión del vehículo que se pretende importar temporalmente, debiendo presentar para tales efectos cualquiera de los siguientes documentos en original y copia simple:
    Título de propiedad o registro de placas vigente que los acredite como propietarios del vehículo, emitido por la autoridad competente del país extranjero
    Contrato de arrendamiento a nombre del importador, con la carta de la arrendadora que autorice la importación temporal del vehículo
    Contrato de crédito a nombre del importador
    Documento que acredite la relación laboral del importador y el documento que acredite la propiedad del vehículo por parte de la empresa
    Declarar bajo protesta de decir verdad, que se comprometen a retornar el vehículo de que se trate, dentro del plazo autorizado y a no realizar actos u omisiones que configuren infracciones o delitos por el indebido uso o destino del mismo

El monto de la garantía por la importación temporal de vehículos es el siguiente.

  • 2007 y posteriores 400 dólares
  • 2001 hasta 2006    300 dólares
  • 2000 y anteriores 200 dólares

Las personas que pueden realizar la conducción tratándose de Mexicanos Residentes en el Extranjero son las siguientes.

  • Por el importador, su cónyuge, sus ascendientes, descendientes o hermanos siempre y cuando sean residentes permanentes en el extranjero, o por un extranjero con condición de estancia de residente temporal, residente temporal estudiante o visitantes. Cuando sea conducido por alguna persona distinta de las autorizadas, invariablemente deberá viajar a bordo el importador del vehículo. Los vehículos a que se refiere este inciso deberán cumplir con los requisitos que señale el Reglamento.

En el caso de los extranjeros las personas que pueden realizar la conducción el territorio nacional.

  • Por el importador, su cónyuge, sus ascendientes, descendientes o hermanos, aun cuando éstos no sean residentes extranjeros, por un extranjero con condición de estancia de residente temporal, residente temporal estudiante o visitantes, o por un nacional, siempre que en este último caso, viaje a bordo del mismo cualquiera de las personas autorizadas para conducir el vehículo y podrán efectuar entradas y salidas múltiples

A continuación explicaremos detalles sobre Permiso de Importación Temporal de Vehículo en México.

#3: Detalles sobre el Permiso de Importación Temporal de Vehículo en México

Conjuntamente al permiso de Importación Temporal de Vehículo en México se permite realizar la importación de los siguientes objetos.

  • Conjuntamente con la importación temporal del vehículo se podrá importar una embarcación de hasta cuatro y medio metros de eslora incluyendo el remolque para su transporte, carros de recreo, motocicletas, trimotos, cuatrimotos o motos acuáticas, que no hayan sido concebidas, destinadas o fabricadas para circular por las vías generales de comunicación, sean federales, estatales o municipales, por un máximo de tres unidades, para lo cual se deberá acreditar la propiedad de las unidades transportadas y registrarlas en el mismo permiso de importación temporal del vehículo.

En el caso de motocicletas o trimotos que ingresen al país por su propio impulso que cuenten con placas extranjeras para circular por las vías generales de comunicación, deberán de solicitar un permiso de importación temporal y cumplir con los mismos requisitos señalados en este documento, sin aplicar lo señalado en el párrafo anterior.

La vigencia en el Permiso de Importación Temporal de Vehículo en México es la siguiente.

  1. El plazo autorizado para retornar los vehículos que hubieran sido importados temporalmente por mexicanos residentes en el extranjero, será de 180 días naturales de estancia efectiva en el país, computables a partir de la fecha de ingreso del vehículo a territorio nacional y utilizables en un periodo de doce meses, considerando entradas y salidas múltiples, amparado en todo momento por la garantía existente
  2. El plazo autorizado para retornar los vehículos que hubieran sido importados temporalmente por extranjeros será el de la vigencia de su condición de estancia otorgada por la autoridad migratoria

Se puede prorrogar la Importanción Temporal de Vehículo en México a continuación detallamos los casos en los que se puede realizar.

  1. Para los extranjeros con condición de estancia de residentes temporales y residentes temporales estudiantes que renueven su permanencia en territorio nacional, la vigencia del permiso de importación temporal del vehículo se acreditará con el documento oficial que emita la autoridad migratoria, sin que se requiera autorización de las autoridades aduaneras
  2. Asimismo, a efecto de que no se haga efectiva la garantía otorgada dentro de los 15 días siguientes a aquél en que les hubiere sido otorgada la renovación de su condición de estancia de residente temporal residente temporal estudiante, los extranjeros deberán presentar ante cualquier aduana del país o a la ACOA, un escrito en el que se haga constar dicha circunstancia, anexando copia del comprobante de dicho trámite y del permiso de importación temporal del vehículo

Para finalizar el trámite y obtener el comprobante del retorno parcial o definitivo del vehículo el interesado deberá presentar ante el personal de BANJERCITO que opera los Módulos CIITEV en las aduanas de salida el automóvil, el permiso, holograma, y en su caso, los vehículos de recreo y el remolque para su traslado que hayan sido importados temporalmente.

Enlace | Permiso de Importación 


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