La Condonación Automática permite perdonar al 100% multas fiscales, recargos y gastos de ejecución ordinarios de contribuciones.
Las multas, recargos y gastos de ejecución deberán estar endeudados desde el 2014 hasta el 2019 para ser condonados.
- Impuesto sobre Adquisición de Inmuebles
- Impuesto Predial
- Impuesto sobre Espectáculos Públicos
- Impuesto sobre Loterías, Rifas, Sorteos y Concursos
- Impuesto sobre Nóminas
- Impuesto sobre Tenencia o Uso de Vehículos
- Impuesto por la Prestación de Servicios de Hospedaje
- Derechos por el Suministro de Agua
- Derechos de Descarga a la Red de Drenaje
- Derechos de Control Vehicular (Refrendo)
- Multas por Infracciones a las Disposiciones Fiscales distintas a las obligaciones de pago
Esta es la lista que puede entrar en el derecho de la condonación al 100%.
La vigencia para pedir la condonación al cien por cien es desde el 15 de abril hasta el 30 de julio.
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