Autorización del Programa Interno de Protección Civil en CDMX
La Autorización del Programa Interno de Protección Civil en CDMX es una utilidad para salvaguardar la integridad física de los habitantes.
#1: Descripción de la Autorización del Programa Interno de Protección Civil en CDMX
En la autorización de un Programa Interno que permita salvaguardar la integridad física de los habitantes, los empleados y las personas que concurren a los bienes inmuebles, así como la protección de las instalaciones, bienes e información vital, ante la ocurrencia de un riesgo, emergencia, siniestro o desastre.
#2: Requisitos para la Autorización del Programa Interno de Protección Civil en CDMX
Los requisitos para la Autorización del Programa Interno de Protección Civil en CDMX son los siguientes.
- Formato PC – 02, debidamente requisitado con los siguientes documentos en original y copia simple: Carta de responsabilidad formulada por la empresa y/o de corresponsabilidad expedida por Terceros Acreditados (empresas capacitadoras, de consultoría y estudio de riesgo vulnerabilidad e instructores profesionales independientes) que tengan registro ante la Secretaría de Protección Civil del D. F.
- Lineamientos de capacitación
- Tratándose de empresas de mediano y alto riesgo deberán presentar además: Póliza de seguro vigente de cobertura amplia de responsabilidad civil y daños a terceros, Acreditar los términos de referencia en materia de protección civil
El procedimiento para realizar la Autorización del Programa Interno de Protección Civil en CDMX es el siguiente.
- El interesado o su representante acude a la Ventanilla Única Delegacional (VUD), o bien realiza llamada solicitando requisitos para la realización de su trámite.
- Una vez que el solicitante reúne los requisitos y documentación, se presenta a la VUD, a solicitar el trámite
- En la VUD reciben y revisan su documentación si esta completa y correcta, registran en el Libro de Gobierno la solicitud, entregan al usuario un comprobante de la realización del trámite (acuse) y turnan el expediente al área operativa
- En su revisión, si el área operativa determina que el expediente no cumple, podrá requerir al solicitante documentación adicional, dándole cinco días para entregarla, si en este lapso el usuario no acude, la solicitud se dará por no presentada
- El área operativa, procederá al análisis de la solicitud y sus anexos y de estimar procedente expedirá la autorización solicitada
- El solicitante acude a la VUD en el tiempo establecido para dar respuesta a su solicitud a recoger el resultado de su petición
El padrón de Terceros Acreditados puede ser consultado en la página Web del Gobierno del Distrito Federal: www.df.gob.mx, o gratuitamente en las instalaciones de la Secretaría de Protección Civil.
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