Derechos por la expedicion de certificaciones de pagos art.248

Derechos por la expedición de certificaciones de pagos según el artículo 248

En México, todo ciudadano está en la obligación de cumplir con sus obligaciones fiscales, lo cual incluye realizar el pago de impuestos y obtener las correspondientes certificaciones que lo acrediten. Sin embargo, muchas veces surgen dudas sobre los derechos que se tienen que pagar por la expedición de estas certificaciones de pagos, especialmente en relación al artículo 248 del Código Fiscal de la Federación. En este artículo, como experto en trámites online de México, te explicaré todo lo que necesitas saber sobre este tema.

¿Qué es el artículo 248 del Código Fiscal de la Federación?

El artículo 248 del Código Fiscal de la Federación (CFF) es una disposición legal que establece el derecho que tiene la autoridad fiscal de expedir certificaciones de pagos a los contribuyentes que lo soliciten. De acuerdo con este artículo, la autoridad fiscal está en la facultad de emitir una certificación en la que se haga constar si un contribuyente ha cumplido con sus obligaciones fiscales o si tiene adeudos pendientes. Esta certificación puede ser solicitada por el propio contribuyente o por un tercero que tenga un interés legítimo en conocer la situación fiscal del contribuyente.

¿Cuáles son los derechos que se deben pagar por la expedición de certificaciones de pagos?

De acuerdo con el artículo 248 del CFF, la autoridad fiscal tiene el derecho de cobrar una cantidad por la expedición de las certificaciones de pagos. El monto de estos derechos es determinado por el Servicio de Administración Tributaria (SAT) y puede variar dependiendo del tipo de certificación que se solicite.

¿Cómo se determina el monto de los derechos por la expedición de certificaciones de pagos?

El SAT tiene una tabla de tarifas en la que se establecen los montos de los derechos por la expedición de certificaciones de pagos. Esta tabla es actualizada periódicamente y se puede consultar en la página web del SAT. En general, el monto de los derechos se basa en el número de ejercicios fiscales que se consulten en la certificación y en el tipo de certificación que se solicite (si es de pago o de no pago).

¿Existen situaciones en las que no se deben pagar estos derechos?

Sí, de acuerdo con el artículo 248 del CFF, no se deberán pagar los derechos por la expedición de certificaciones cuando:

  • La solicitud de la certificación se haya presentado dentro de los 30 días naturales siguientes a la fecha en que se haya hecho la solicitud de la devolución de impuestos.
  • La solicitud de la certificación sea presentada por alguna autoridad fiscal o administrativa en el ejercicio de sus funciones.
  • La certificación sea solicitada por un contribuyente para comprobar que ha cumplido con sus obligaciones fiscales y no existe adeudo alguno.

En estos casos, la expedición de la certificación será gratuita, pero es importante mencionar que en la primera y segunda situación, el contribuyente deberá presentar la constancia de que ha solicitado la devolución de impuestos o la solicitud de la autoridad fiscal o administrativa.

¿Cómo se deben pagar estos derechos?

Los derechos por la expedición de certificaciones de pagos se deben pagar a través del Servicio de Pago Referenciado del SAT, ya sea en línea o en alguno de los bancos autorizados. Una vez realizado el pago, se deberá presentar el comprobante junto con la solicitud de la certificación en la oficina del SAT correspondiente.

Conclusión

En resumen, el artículo 248 del Código Fiscal de la Federación establece los derechos que se deben pagar por la expedición de certificaciones de pagos. Estos derechos pueden variar dependiendo del tipo de certificación que se solicite y deben ser pagados a través del Servicio de Pago Referenciado del SAT. Sin embargo, existen algunas situaciones en las que no se deben pagar estos derechos. Si tienes dudas sobre el monto de los mismos o cómo realizar el pago, siempre puedes acudir a un experto en trámites online de México que te guíe en este proceso y te evite posibles contratiempos.

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