reanudación de actividades para personas físicas en México

El Instituto Mexicano del Seguro Social te enseña a realizar el alta patronal e inscripción en el seguro de riesgos de trabajo o reanudación de actividades para personas físicas en México.

#1: Descripción

Al ser patrón persona física o retenedor de cuotas obrero patronales al realizar este trámite te permite registrarte ante el Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) para cumplir con tus obligaciones de patrón.

#2: Documentos necesarios para realizar la reanudación de actividades

Los documentos necesarios para realizar la reanudación de actividades para personas físicas en México son los siguientes.

  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC)
  • Comprobante del domicilio del centro de trabajo
  • Croquis de localización del domicilio del centro de trabajo
  • Identificación Oficial con fotografía del patrón
  • Clave Única de Registro de Población (CURP)
  • En caso de contar con representante legal, Poder Notarial para actos de dominio, de administración o poder especial en donde se especifique que puede realizar toda clase de trámites y firmar documentos ante el IMSS
  • Identificación Oficial con fotografía y firma del representante legal
  • Registro Federal de Contribuyentes (RFC) del representante legal
  • Solo en caso de reanudación de actividades; Aviso de Modificación de las empresas para el Seguro de Riesgos de Trabajo
  • Clave Única de Registro de Población (CURP) del representante legal

También puede realizar el trámite en línea utilizando su número CURP. El coste del trámite es totalmente gratuito.

#3: Dónde se puede realizar el trámite

El trámite de reanudación de actividades para personas físicas se puede realizar de las siguientes formas.

  • En línea: Realiza tu trámite en línea aquí con FIEL
  • En línea: Realiza tu trámite en línea aquí con CURP

En línea se puede realizar Las 24 horas del día, los 365 días del año, puede en su defecto realizarlo de manera presencial en la Subdelegación u Oficina auxiliar de afiliación y cobranza que te corresponda de acuerdo al domicilio fiscal o del centro de trabajo, de lunes a viernes en días hábiles para el IMSS de 8:00 a 15:30 horas.

Enlace | Reanudación de actividades


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