Complementación de Actas en EDOMEX

La Complementación de Actas en EDOMEX es un trámite que debe realizarse cuando existan errores mecanográficos, ortográficos o de otra índole.

#1: Cuándo se Realiza la Complentación de Actas en EDOMEX

Trámite que deberá realizarse cuando en las actas del Registro Civil del Estado de México, existan errores mecanográficos, ortográficos o de otra índole que no afecten los datos de las mismas, y que deban tramitarse ante el Director General y/o Subdirector y/o Jefe del Departamento Jurídico y/o Jefe de la Oficina Regional, presentado los siguientes requisitos.

  • Dos copias certificadas de no más de seis meses de antigüedad, una de Oficialía y otra de Archivo del acta que se pretenda aclarar.
  • Copia certificada reciente menor a un año del acta de nacimiento o matrimonio que sirva de sustento, dicha documental deberá ser anterior a la que se pretenda complementar.
  • Llenar la solicitud correspondiente.
  • El pago correspondiente que es de $96.00 (NOVENTA Y SEIS PESOS 00/100 M.N.).
  • La complementación la deberá solicitar la persona que se encuentre legitimada de conformidad con el Código Civil, presentando copia de identificación. Tratándose de complementación de actas de matrimonio es necesario que comparezcan ambos cónyuges o el cónyuge supérstite.

En el supuesto de que uno de los cónyuges hubiese fallecido, únicamente se podrá corregir errores mecanográfico o caligráfico en el nombre y apellidos, o de la omisión de los datos registrales, así como de la complementación de los datos que se desprendan de la misma acta.

Por lo que corresponde a la aclaración de las actas de defunción, únicamente se puede complementar el nombre y apellidos de los padres del finado.

Enlace | Complementación de Actas en EDOMEX


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